SANTO DOMINGO, RD/ EL VOCERO.- Cuando el Estado dominicano reorganizó el sistema para custodiar bienes incautados y decomisados, una de las promesas era “poner orden donde por años hubo dispersión”. La creación en 2023 del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisado y en Extinción de Dominio (Incabide) fue la respuesta legal para tratar de tener cuentas claras y transparentes respecto inventario.
Un análisis de la base de datos de vehículos bajo administración de Incabide, publicada en la plataforma de Datos Abiertos, muestra que algo se está moviendo: el inventario publicado pasó de 15 unidades en julio de 2023 a 788 activos vehiculares únicos en diciembre de 2025.
Es decir, en poco más de dos años, el universo de vehículos reportados y controlados por la institución se multiplicó por más de 50. Pero el mismo archivo revela la otra cara del problema: la responsabilidad del Estado en la custodia y mantenimiento de esos bienes.
Al ver los datos, el rasgo más visible del inventario actual es su composición. Hasta diciembre de 2025, poco más de la mitad de los activos únicos eran motocicletas, motores, pasolas y motocarros, según los términos que figuran para identificar el “tipo de vehículo”. Mientras que los carros y automóviles ocupaban un segundo lugar, bastante más lejos.
La tendencia a que haya más volumen de vehículos de 2 ruedas sugiere que el parque bajo administración estatal no está dominado por vehículos de alto valor, sino por unidades livianas, abundantes y, en muchos casos, más difíciles de rastrear en detalle, dado que en varios casos dentro de la línea de estas unidades los datos son inexistente o “ilegibles”.
Una muestra de esto es que, siguiente el corte de diciembre, 64.3 por ciento (%) de los registros únicos no tenía placa reportada. Sumado a esto, el 93.9 % no contenía el año del vehículo y casi una tercera parte no identificaba el modelo.
Zonas y bases legales
La concentración geográfica también llama la atención. Tomando el campo de “ubicación” del archivo que contiene los datos, más de la mitad del inventario único de diciembre aparece en Santiago o “Santiago/Jacagua”. El Gran Santo Domingo y el Distrito Nacional quedan detrás. Sin embargo, la base no explica si “ubicación” se refiere al lugar donde el vehículo fue incautado, al recinto donde está almacenado o al punto administrativo desde el que se reporta.
Todo este proceso en relativamente reciente debido a unas piezas legislativas aprobadas en estos años.
Iniciando por la Ley 340-22, aprobada en 2022, la cual regula la extinción de dominio de bienes ilícitos y establece que se trata de “una acción autónoma, distinta del proceso penal, que debe ser impulsada por el Ministerio Público, encargado de iniciar la acción, investigar patrimonialmente y solicitar las medidas cautelares”.
La misma norma exige publicidad, indicando que cuando se ordenan medidas cautelares sobre bienes, el listado debe publicarse en periódicos de circulación nacional y en los portales del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Luego, en octubre de 2023, la Ley 60-23 transformó la vieja OCABID (Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados) en el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda.
Según la misión y la historia de la propia institución, la idea era crear un sistema integral para “gestionar, controlar y conservar esos bienes hasta su destino final”.
La propia memoria institucional de Incabide reconoce que el sistema venía arrastrando “debilidades estructurales y operativas” y que una de las metas del fortalecimiento institucional es mejorar el control y la trazabilidad de los bienes incautados, tratando así de que las cuentas sobre el inventario sean más transparentes.
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